En un comunicado emitido por la Superintendencia de industria y comercio, se conocieron las sanciones para las personas que estuvieron involucradas en los sobornos de ODEBRECHT.
Por: Jhon Bernal / @grupocreatic
La Superintendencia de industria y Comercio, este lunes impuso multas por 295.000 millones de pesos a cinco compañías y a cinco personas que fueron participes en la repartición de dineros para la adjudicación del contrato de la ruta del sol II. De la multa fue exonerado al 100% el exviceministro, Gabriel Ignacio García Morales, por el programa de beneficios por colaboración, quien admitió su participación y aporto información determínate sobre el sistema anticompetitivo.
Este modo ilegal “demostró que, el principal objetivo de realizar la división de los costos del pago derivado del acuerdo anticompetitivo, ODEBRECHT, CORFICOLOMBIANA y EPISOL idearon una dinámica de reembolsos y pagos irregulares en la ejecución del Contrato de Concesión No. 001 de 2010 a través de CONSOL y de la CONCESIONARIA” aseguró la SIC en el comunicado emitido.
La compañía Odebrecht pago una coima de 6.5 millones de dólares al exviceministro de transporte Gabriel García Morales, quien en su momento se encontraba en una posición privilegia que le permitida adjudicar el contrato a quien el decidiera para la ruta del SoI II. Es decir, que se hicieron varios contratos a punta de sobornos en el que fueron participes; Luiz Antonio Bueno Junior, quien fue director superintendente de ODEBRECHT, Luiz Antonio Mameri, exvicepresidente de ODEBRECHT para américa latina, Yezid Augusto Arocha Alarcón, exdirector jurídico de ODEBRECHT para Colombia y José Elías Melo Acosta expresidente de CORFICOLOMBIANA y ahora tendrán que pagar una suma individual de acuerdo a su participación en el contrato para la adjudicación de la ruta del sol.
En la resolución emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio, en la cual se imponen sanciones por infringir el régimen de protección de la competencia, abrió investigación y formulo pliego de cargos contra seis personas más, para determinar si incurrieron en la responsabilidad prevista en el numeral 16 del artículo 4 del decreto 2153 de 1992.
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